LA CLEPTOCRACIA


El Estado, a través del otorgamiento de privilegios (prerrogativas, prebendas, ventajas, recomendaciones y favores en general), distorsiona la economía de mercado, ya que, además de obstaculizar y restringir la libre concurrencia, genera incentivos perversos, que, lógicamente, desembocan en disfunciones e ineficiencias económicas, así como en una limitada capacidad competitiva. Además, la concesión de privilegios automáticamente redunda en una discriminación flagrante para quienes no tienen acceso a los mismos, lo cual lesiona el derecho a la igualdad.

Por otro lado, la posibilidad de conceder privilegios discrecionalmente a cambio de un beneficio económico indebido se traduce en rentismo (en inglés: rent seeking behavior), que es la conducta orientada hacia la búsqueda de privilegios, a través de asociaciones ilícitas con funcionarios públicos que tienen la potestad de contratar proveedores o empleados; otorgar concesiones, licencias, autorizaciones o créditos; intervenir con poder de decisión en privatizaciones; decidir asignaciones presupuestarias; comprar, vender o arrendar inmuebles; distribuir obras, bienes y servicios; etcétera.

El rentismo es la expresión de la corrupción que permanece sin castigo debido a la incapacidad de investigación, persecución y juzgamiento de los crímenes. Se conoce también como “cleptocracia” (del griego: clepto = quitar y cracia = fuerza), o sea el aprovechamiento ilícito e impune del ejercicio de un cargo público.

La “cleptocracia”, aunque es propia de regímenes dictatoriales o autocráticos, también se manifiesta en democracias de fachada, de baja intensidad o desinstitucionalizadas como la nuestra, a través del nepotismo (favores o empleos a familiares y amigos), del clientelismo político (intercambio de favores y ventajas por votos y apoyo político), del peculado (el funcionario o empleado público que sustrae o consciente que otro sustraiga dinero o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones), del tráfico de influencias (negocio o lucro indebido derivado del abuso de la influencia real o supuesta de un funcionario o autoridad) y del desvío de fondos.

Nuestra Constitución prohíbe los privilegios y los monopolios. Sin embargo, dicha norma es lírica en Guatemala, porque no se aplica o se disimula su aplicación (disfrazar u ocultar algo para que parezca distinto de lo que es).

Sin duda, la supresión de los privilegios y la efectiva persecución penal del rentismo (cleptocracia) son imperativos en función de que no sigan gravando, a través de exacciones ilegales, a la sociedad, ni provocando distorsiones económicas y erosionando la capacidad emprendedora y competitiva del país.

ARTÍCULO PUBLICADO POR MARIO FUENTES DESTARAC (9 de marzo 2009, El Periódico, GUATEMALA)